Desde
el punto de vista ético se pueden hacer las siguientes
consideraciones:
-
La
TG sólo debería ser aplicada para tratar pacientes
con determinadas enfermedades genéticas raras y no
como instrumento de un programa social eugenésico
que tratara de mejorar el acervo génico humano. La
TG, por tanto, no incluye la estimulación genética
de características tales como el comportamiento,
la inteligencia o el aspecto físico.
- La TG
sólo se debería intentar cuando no hay otras
alternativas terapéuticas o cuando, habiéndolas,
suponen un mayor riesgo o una menor acción beneficiosa.
-
La
aplicación de la TG a una enfermedad humana debería
requerir la evidencia de que es segura, beneficiosa, técnicamente
posible y éticamente aceptable.
-
La
TG de células somáticas para el tratamiento
de enfermedades graves puede considerarse ética porque
puede ser apoyada por los principios fundamentales de autonomía,
beneficencia y justicia.
-
El
tratamiento de células somáticas por medio
de la TG no presenta problemas éticos diferentes
a los de cualquier otro tipo de terapia experimental tales
como la utilización de nuevos fármacos o de
técnicas quirúrgicas novedosas.
Friedmann (1989) señalaba que, como sucede con cualquier
nuevo procedimiento que se intenta aplicar en medicina,
los estudios terapéuticos de la TG se llevarán
a cabo sin un conocimiento completo siempre que el peso
de las necesidades clínicas supere al de las imperfecciones
e incertidumbres técnicas. De hecho el equilibro
entre el daño incierto y los beneficios deseados
ha sido examinado y ponderado desde instancias religiosas,
éticas y del interés público, llegándose
a la conclusión unánime de que los estudios
y aplicación de la manipulación genética
somática realizada con fines terapéuticos
deben proseguir.
- Como
se indicaba en el punto 1, la intención de la TG es
corregir defectos genéticos desde un punto de vista
terapéutico. Por tanto, ¿cuál sería la
valoración ética del uso de una TG cuyo fin
no fuera terapéutico sino el de estimular o perfeccionar
fenotipos normales? Algunos autores consideran que esta ingeniería
perfectiva (enhancement engineering) podría
tener connotaciones eugenésicas. Por el momento, el
ejemplo más obvio que se podría utilizar es
el de transferir el gen de la hormona de crecimiento de algún
determinado animal a un niño normal con la intención
de que aumentara su crecimiento. Con cierta ironía
podríamos pensar que, quizá, a algunos padres
les gustaría tener un jugador de baloncesto en la familia.
El Dr. W. French Anderson (1989) consideraba que es necesario
establecer una línea de separación entre la
terapia génica y la ingeniería perfectiva. Su
razonamiento se basa en que la TG somática se considera
ética porque está apoyada por el principio fundamental
de beneficencia, siendo por tanto un bien moral, mientras
que la ingeniería perfectiva puede no ser un bien moral
cuando su aplicación perjudica, en vez de contribuir,
a la dignidad del hombre. Traspasar esa línea de separación
significaría que valores humanos que nuestra sociedad
considera importantes para la dignidad del hombre podrían
verse amenazados principalmente en dos aspectos:
1) el riesgo médico, y 2) la precariedad moral:
1) Introducir un gen en las células de un individuo
para que sintenticen más cantidad de un producto
ya existente puede afectar negativamente a muchos otros
procesos bioquímicos. Una cosa es corregir un defecto
en el genoma de un individuo (TG) y otra insertar un gen
con la intención de mejorar o alterar selectivamente
una característica pero con el riesgo de poner
en peligro el equilibrio metabólico global del
individuo. Es decir, en la ingeniería perfectiva
los riesgos aumentarían mientras que los beneficios
serían considerablemente menos claros.
2)
Desde el punto de vista de la precariedad moral, hay que
tener en cuenta que la aplicación de la ingeniería
perfectiva implicaría una triple problemática:
¿cómo determinar qué genes se deberían
transferir? ¿cómo determinar a quién hacer
la transferencia génica? ¿cómo impedir la
discriminación contra los individuos que reciban
o no el gen?.
A
las consideraciones anteriores habría que añadir
el hecho cierto de que una vez que se hubiera autorizado y
empezado la ingeniería perfectiva sería muy
difícil detener el proceso, colocándonos posiblemente
en un plano inclinado resbaladizo muy peligroso.
-
Una
variante de la ingeniería perfectiva sería
intentar alterar o mejorar caracteres humanos complejos
tales como la personalidad, la inteligencia, etc. que resultan
de la interacción de muchos genes y de circunstancias
ambientales (ingeniería genética eugenésica).
Aunque por tratarse de caracteres poligénicos no
hay posibilidad real de aplicar una terapia génica,
no está de más dejar constancia de la valoración
ética negativa de tal ingeniería genética
eugenésica.
- Así
como la TG somática ha sido ampliamente aceptada por
la comunidad científica y positivamente valorada desde
el punto de vista ético, la terapia génica
germinal se enfrenta, por un lado, con obstáculos
técnicos y, por otro, con disparidad de criterios respecto
a su valoración ética. El papel potencial de
la manipulación de la línea germinal para la
prevención de enfermedades genéticas es mucho
menos claro que el de la modificación somática.
La
TG germinal plantea cuestiones problemáticas como son
la propagación de efectos impredecibles en las generaciones
futuras o los efectos a largo plazo que pudieran cambiar las
características genéticas de las poblaciones
humanas (esto último en el supuesto no muy probable
de que la utilización de la TG germinal llegara a "socializarse"
a gran escala. En el momento presente, dado que la TG germinal
está llena de incertidumbres técnicas y éticas,
no debería llevarse a cabo. Sin embargo, algunos autores
defienden que la TG germinal sería éticamente
válida si se cumplen algunas condiciones, tales como
:
- que
hubiera experiencia previa en la TG somática que
estableciera claramente la efectividad y seguridad del tratamiento
de células somáticas,
- que
hubiera estudios adecuados en modelos animales que aseguraran
la reproducibilidad, factibilidad y seguridad de la TG germinal
utilizando los mismos vectores de transferencia génica
y procedimientos que se utilizarían en seres humanos,
y
- debería
haber un conocimiento y aceptación de la técnica
por parte de la sociedad.
Aquí
podríamos citar como relevantes las posturas de moralistas
como Klaus Demmer y Manuel Cuyás para quienes "el que
la intervención tenga lugar en células somáticas
o en las germinales no implicará diferencia alguna
esencial" cuando el beneficio sea cierto.
Hay
autores como Friedmann, decidido defensor de la TG germinal,
que consideran que podría ser necio y prematuro tomar
una postura severa en contra de ella, sugiriendo que la necesidad
de un control eficaz de la enfermedad o de impedir el daño
de la misma en las primeras etapas del desarrollo o la inaccesibilidad
de las celulas a corregir por la TG somática podrían
eventualmente justificar la TG germinal. Este último
caso sería, por ejemplo, el de las células del
cerebro implicadas en enfermedades hereditarias del sistema
nervioso central. Una intervención temprana (terapia
génica de embrión) que afectara a todas
las células del futuro organismo, incluyendo las células
germinales, podría ser el único medio disponible
para tratar células o tejidos que, de otra manera,
no sería posible reparar genéticamente después
del nacimiento.
Por
su parte, Walters (1986) salía en defensa de la TG
germinal frente a la TG somática con la siguiente argumentación:
Si la TG somática llega a curar con éxito enfermedades
monogénicas recesivas de alta incidencia (por ejemplo,
anemia falciforme, talasemia, fibrosis quística, etc.),
las personas genéticamente enfermas pero fenotípicamente
sanas (porque su defecto genético ha sido corregido
por la introducción del gen en las células somáticas
adecuadas) transmitirán a sus descendientes el gen
deletéreo puesto que sus células germinales
no habrán sido corregidas por la terapia génica.
Desde el punto de vista de la genética de poblaciones
humanas, las personas curadas por la TG somática constituyen
un nuevo grupo de individuos homocigotos portadores de una
enfermedad genética que, al transmitir sus genes defectuosos
a sus descendientes, contribuyen a aumentar la proporción
de genes deletéreos en las poblaciones humanas, deteriorando
su acervo génico desde el punto de vista evolutivo.
Conviene indicar aquí que esta situación no
es nueva en las poblaciones humanas actuales donde la curación
mediante fármacos de las enfermedades genéticas
permite que las personas genéticamente enfermas pero
curadas (genotípicamente enfermas, fenotípicamente
sanas) puedan transmitir sus genes deletéreos a sus
descendientes. La conclusión es obvia: con el avance
de la medicina y la farmacología ha descendido drásticamente
la tasa de mortandad por enfermedades genéticas a la
vez que ha aumentado tambièn drásticamente en
la población humana la frecuencia de genes causantes
de tales enfermedades. No obstante, como decía Thiessen,
"la retención de estos errores genéticos es
un precio pequeño que hay que pagar si el defecto es
fácilmente corregido a nivel de población".
En
el apartado anterior se ha hecho referencia a la terapia
génica de embrión en contraposición
a la TG somática normal también denominada terapia
génica de paciente que se entiende aplicada en
individuos ya nacidos independientemente de que sean en edad
infantil, juvenil o adulta.
La introducción de genes en la línea germinal
se ha llevado a cabo con éxito en diversas especies
animales de laboratorio y domésticas inyectando directamente
el ADN en los pronúcleos de los cigotos. Sin embargo,
este método, que constituiría una terapia génica
de embrión puesto que el gen insertado se reproduciría
en todas las células del embrión y del futuro
individuo adulto (incluyendo, obviamente, la línea
germinal), no parece de utilidad en la TG humana puesto que
en la mayoría de los casos no podría saberse
a priori si dicho cigoto era portador de determinada
enfermedad genética. A este respecto, Williamson (1982)
criticaba irónicamene la utilidad de la TG de embrión
en los siguientes términos: "¿Es necesaria? Para llevar
a cabo la TG en un embrión temprano se debe estar seguro
de que está afectado por la enfermedad y podría
pensarse que los padres, una vez realizada la diagnosis prenatal,
preferirían empezar una nueva concepción que
considerar la posibilidad de una manipulación genética
del embrión. La perspectiva de la TG de embrión
me parece a mí -continúa Williamson- una forma
ridícula de terapia clínica para una pareja
(ambos heterocigotos portadores de la enfermedad) que tiene
una probabilidad del 75% de tener un hijo normal (o incluso
del 100% si aceptan la diagnosis prenatal y son partidarios
del aborto) utilizando los métodos más populares,
aceptables y divertidos de procrear que han estado en boga
durante muchos años sin la ayuda o el consejo de los
biólogos moleculares". Desde
el punto de vista ético es evidente que la TG de embrión
lleva añadida toda la problemática que supone
la manipulación de embriones.
- La
Declaración Universal de la UNESCO sobre el Genoma
Humano y los Derechos Humanos (1997) en su Artículo
24 invita al Comité Internacional de Bioética
de la UNESCO a la identificación de prácticas
que pueden ir en contra de la dignidad humana, como las intervenciones
en la línea germinal, en clara alusión, sin
duda, a la TG germinal.
Por su parte, el Convenio relativo a los Derechos Humanos y
la Biomedicina (Convenio Europeo de Bioética) de 1997
establece en su Artículo 13 que "únicamente
podrá efectuarse una intervención que tenga por
objeto modificar el genoma humano por razones preventivas, diagnósticas
o terapéuticas y sólo cuando no tenga por finalidad
la introducción de una modificación en el genoma
de la descendencia". Por tanto, queda prohibida la TG germinal.
En el presente contexto es interesante volver a mencionar que
los NIH obtuvieron en Estados Unidos en 1995 la patente de la
técnica de TG somática ex vivo puesta a
punto en 1990 por los Dres. Anderson, Blaese y Rosenberg. En
cambio, la técnica de TG germinal no correrá,
posiblemente, la misma suerte. De hecho, en la Directiva del
Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la protección
jurídica de las invenciones biotecnológicas aprobada
en Julio de 1998, se consideran no patentables los "procedimientos
de modificación de la identidad genética germinal
del ser humano" (Art. 6.2.b) por considerar su explotación
"contraria al orden público o a la moralidad" (Art. 6.1).
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